
En México, cuando un abogado dice que una ley puede tener varias interpretaciones, lo que realmente está diciendo es que la ley puede torcerse según la conveniencia de quien la esgrime. Y esto es justo lo que ha ocurrido en los últimos meses con la Reforma al Poder Judicial de la Federación.
La reforma, que introduce cambios de fondo en la Constitución y permite por primera vez que las y los ciudadanos elijan a jueces, magistrados y ministros, ha sido blanco de ataques desde su aprobación. No por falta de legitimidad—pues fue debatida y avalada en el Congreso de la Unión y en los 32 congresos estatales—sino porque afecta intereses enquistados en el Poder Judicial.
Sus detractores han intentado politizar esta reforma, cuya esencia es democratizar la justicia. Se aferran al argumento de que el procedimiento para aprobarla no fue el adecuado, pero evitan reconocer que, de no haberse hecho así, la estructura judicial habría permanecido intacta, con los mismos vicios de opacidad, nepotismo y privilegios. La realidad es que la reforma ya es un mandato constitucional, y cualquier intento de socavarla es un desafío directo al principio de legalidad.
El espiritu de la ley de amparo no fue creada para usarla como herramienta política.
Entre las estrategias de quienes se oponen destacan la tergiversación del marco legal. En un intento por frenar la reforma, ciertos actores han recurrido al juicio de amparo, afirmando que es un recurso válido en materia electoral. Nada más alejado de la realidad.
El artículo 103 de la Constitución es claro: en materia electoral no procede el juicio de amparo. Además, el artículo 41, de la Ley de Amparo, párrafo tercero, base VI, establece que los medios de impugnación en temas electorales no tienen efectos suspensivos. Es decir, los jueces de distrito no tienen competencia en estos asuntos, pues la última palabra la tiene el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto, ha sido contundente al respecto:
“La justicia electoral debe garantizarse sin interferencias indebidas. La ley es clara: el amparo no es procedente en materia electoral. El Tribunal Electoral tiene la obligación de asegurar el acceso a la justicia y proteger los derechos de participación política.” (Entrevista con Ciro Gómez Leyva, Grupo Fórmula 30 enero 2025).
Sin embargo, pese a la claridad del marco jurídico, persisten intentos por distorsionar su interpretación.
Es inadmisible que los jueces pretendan legislar desde sus resoluciones. El problema no es solo la oposición abierta a la reforma, sino que desde el mismo Tribunal Electoral y la Suprema Corte hay magistrados y ministros que han abonado a la confusión. Con sus votos y declaraciones, han sembrado dudas sobre las resoluciones del propio órgano jurisdiccional al que pertenecen, dando la impresión de que existen fallas en el proceso cuando lo que realmente ocurre es un conflicto de intereses.
Es inaceptable que estos jueces—ya sean ministros de la Corte o magistrados del TEPJF—pretendan frenar derechos ciudadanos bajo el pretexto de tecnicismos legales. Más grave aún es que lo hagan para justificar la omisión de un Comité Técnico que dejó de hacer su trabajo, sin reconocer que este es un proceso electoral en el que las decisiones no pueden quedar en el limbo ni admitir dilaciones.
Lo que está en juego no es un simple diferendo jurídico, sino el derecho de la ciudadanía a participar en la elección de sus jueces. Se trata de una disputa entre quienes defienden el viejo esquema de privilegios y quienes exigen que la justicia deje de ser patrimonio de unos cuantos.
Cuando la normativa es clara, no hay espacio para interpretaciones discrecionales o a conveniencia. La legalidad debe prevalecer, y el Tribunal Electoral debe seguir asegurando que los principios democráticos se cumplan sin interferencias ni simulaciones.