El pasado jueves, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) abordó las irregularidades en la selección de candidatos a puestos de jueces y magistrados, ordenando devolver el proceso al Senado de la República. Sin embargo, a pesar de esta instrucción, el propio Tribunal dejó en claro que las listas finales no sufrirían cambios, ya que los Comités de Evaluación han concluido su labor y no existe posibilidad de ajustes. Como resultado, las resoluciones que ordenaban reponer el proceso en casos de impugnaciones bien fundamentadas quedarán sin efecto.
Ante esta situación, cualquier ciudadano podría preguntarse: ¿para qué tanto debate si, al final, todo queda igual? En la práctica, aquellos que tenían razón en sus impugnaciones la siguen teniendo, pero no pueden hacer nada al respecto.
Un claro ejemplo es la reciente resolución del pleno sobre la insaculación de candidaturas. La Sala Superior del Tribunal Electoral detectó anomalías en la asignación de cargos, lo que llevó a postulaciones erróneas o ajenas a las solicitudes originales de los aspirantes.
Para muestra un botón: se determinó, en un caso analizado, que la aspirante Paloma Zamora Insunza, no debió ser sometida a insaculación, ya que era la única mujer candidata a jueza de distrito en materia laboral del decimosegundo circuito. Asimismo, se resolvió que María del Pilar Rueda fue insaculada de manera indebida para ese mismo cargo, a pesar de haberse registrado para otro puesto en el primer circuito.
La problemática quedó evidenciada en el Diario Oficial de la Federación del 2 de febrero, donde se publicó la exclusión de algunos aspirantes. En ese documento, se reconoció que la insaculación fue errónea y se ordenó al Senado incluir a la afectada en la lista enviada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para su revisión.
“El agravio es fundado y suficiente para que sea incluida en el listado respectivo, porque el cargo por el que se insaculó no correspondió al cargo por el que se inscribió originalmente para participar en el proceso”, por lo que ordenó al Senado “incluya a la actora en la lista que remita al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que ésta determine en uso de sus atribuciones lo conducente”.
Sin embargo, esto ya es inviable. Los plazos expiraron, y el TEPJF decidió no esperar más a la SCJN, afirmando que no hay margen para retroceder. Ahora, solo queda aguardar al próximo 13 de febrero, cuando la SCJN se pronuncie sobre el tema. Como señaló el abogado Iván Carlo Gutiérrez Zapata, en el segundo conversatorio organizado por la Agencia Veritas Vox, la “guerra” entre juzgadores está lejos de terminar.
María Sandino