- Cinco magistrados podrán destituir e inhabilitar a jueces sin posibilidad de apelación.
- El Tribunal ejerce la última instancia disciplinaria: sus resoluciones son definitivas e inatacables.
El Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) es el corazón de la reforma judicial, aprobada en septiembre de 2024, con el argumento de modernizar el Poder Judicial de la Federación (PJF), y eliminar la corrupción interna. Esta reforma eliminó el antiguo Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y lo reemplazó por dos nuevos órganos: el Órgano de Administración Judicial (OAJ), encargado de la gestión administrativa y presupuestal, y el propio TDJ, que asume la función disciplinaria.
El objetivo oficial fue separar las funciones de administración y disciplina para evitar conflictos de interés, pero en los hechos concentró amplias facultades en cinco magistrados electos por voto popular este pasado 1º de junio.
La reforma surgió tras años de denuncias sobre jueces corruptos protegidos por redes de impunidad. Congresos estatales y la Cámara de Diputados discutieron durante meses las implicaciones de cortar el vínculo entre la Suprema Corte y la judicatura federal. Se argumentó que el CJF era un ente opaco, sujeto a presiones políticas, y que romperlo en dos cuerpos autónomos reforzaría la rendición de cuentas.
Sin embargo, los críticos de la reforma judicial advirtieron desde el inicio que la eliminación de un cauce de apelación para decisiones disciplinarias pondría en riesgo el debido proceso de personas juzgadoras sujetas a investigación.
En la práctica, el artículo 100 constitucional reformado, concede al TDJ la potestad de iniciar investigaciones de oficio o a partir de denuncias ciudadanas, dictar medidas cautelares, imponer sanciones económicas, suspender, destituir e inhabilitar a servidores judiciales. Además, obliga a evaluar durante el primer año de ejercicio a todos los recién nombrados, verificando estándares de eficiencia, honestidad y transparencia.
El punto más polémico es que las resoluciones del TDJ son definitivas e inatacables, sin posibilidad alguna de apelación ante la Suprema Corte ni otro tribunal, lo que, según juristas, concentra un poder disciplinario excesivo en apenas cinco magistrados.
La elección celebrada el pasado 1º de junio de 2025, para designar a esos cinco magistrados, tuvo una participación cercana al 13 %, muy alejada de los estándares deseables para legitimar un órgano tan poderoso. Celia Maya García, con más de cinco millones de votos, encabeza la lista, seguida por Verónica de Gyves Zárate, Bernardo Bátiz Vásquez, Indira Isabel García Pérez y Rufino H. León Tovar.
La oposición —PAN y PRI— denunció “fraude organizado” y “colonización” del TDJ por parte de Morena, que distribuyó masivamente “guías de voto” o “acordeones”, lo que, según ellos, puso en jaque la imparcialidad del proceso.
Académicos de la UNAM y del ITAM han advertido que la ausencia de apelaciones vulnera la independencia judicial, pues un juez sancionado no tendría camino legal para revertir una decisión que considere arbitraria. Allan Brewer-Carias, experto en derecho constitucional, comparó al TDJ con tribunales de excepción que operan “al margen del debido proceso”, subrayando que la concentración del poder disciplinario sin contrapesos es un retroceso frente a estándares internacionales.
A fin de reforzar los mecanismos de legitimidad, la reforma judicial incluyó cambios en la estructura de los tribunales de circuito y los juzgados de distrito, estipulando que a partir de 2026 todos los nombramientos de jueces y magistrados serán sometidos a observatorios ciudadanos y evaluaciones de desempeño.
Se creó un sistema de indicadores en línea para medir transparencia y cumplimiento de metas, pero analistas señalan que esos indicadores son fácilmente manipulables si el TDJ decide no publicar información completa del expediente disciplinario.
La reforma también impulsó la creación de la Escuela Nacional de la Judicatura, destinada a capacitar a futuros jueces y funcionarios judiciales en ética y procesos digitales. Sin embargo, críticos como Diego García Ricci, de la Universidad Iberoamericana, consideran que la academia no corregirá por sí sola el defecto principal: la falta de un tribunal de apelación real.
Dice que ““si no hay un mecanismo de revisión para las decisiones disciplinarias, cualquier sistema de indicadores se vuelve puramente decorativo: los jueces y magistrados pueden ser sancionados sin posibilidad de defensa efectiva, lo que anula el propósito mismo de la rendición de cuentas.”
(Diego García Ricci, “Reforma Judicial sí puede afectar calidad democrática en México”, Universidad Iberoamericana, 17/09/2024).
Los partidos de oposición reclamaron la reforma incluso antes de su aprobación. El PAN argumentó ante el Senado que dividir el CJF en dos reduce la coordinación del Poder Judicial y facilita la captura política del TDJ. El PRI, por su parte, alertó que la reforma permitiría al Ejecutivo interferir directamente en asuntos internos de la Corte Suprema, erosionando el principio de pesos y contrapesos. Ambos partidos presentaron iniciativas para exigir un periodo transitorio de revisión de las sanciones disciplinarias, pero sus propuestas fueron rechazadas en la Comisión de Justicia.
Organismos como México Evalúa, señalaron en su reporte “Las consecuencias de la reforma judicial para el Estado de derecho” (30 de mayo de 2025), que no había sentido en establecer una instancia de disciplina judicial sin reglas claras ni contrapesos, y advierte que las razones expuestas por los proponentes de la reforma carecían de sustento teórico y técnico.
Por su parte, Fundar y Amnistía Internacional, en el informe conjunto “Estado de derecho en riesgo” (junio de 2025), exponen que la reforma infringe los estándares internacionales en materia de independencia judicial y convierten al TDJ en un órgano sin filtros externos que puedan frenar decisiones arbitrarias
Impunidad Cero fue más allá, al señalar que el TDJ “es una espada de doble filo: si sus integrantes responden a cuotas partidistas, ese instrumento que supuestamente erradicaría la corrupción puede volverse un látigo para someter a jueces independientes”. Recomendaron establecer un Comité de Observación Ciudadana que vigile los primeros dos años de operación, para “evitar que el órgano se convierta en instrumento de cooptación política”.
En redes sociales, el debate ha girado entre quienes celebran el TDJ como una herramienta necesaria para eliminar la corrupción interna y quienes advierten que podría usarse para presionar a jueces alineados con el Ejecutivo.
A diferencia de España, Chile y Colombia, donde siempre puedes recurrir a un tribunal superior si crees que la sanción es injusta, en México el TDJ no permite apelaciones. Eso deja al tribunal a merced de intereses políticos y sin freno para posibles abusos.
Hoy, el TDJ flota en un mar de expectativas y recelos porque la promesa de erradicar la impunidad interna choca con el miedo de que sus aguas se envuelvan en intereses partidistas. Para poner claridad en la perspectiva de este asunto, especialistas han propuesto crear un tribunal de apelación interno, fortalecer la transparencia de expedir los expedientes y convocar a una nueva consulta ciudadana en 2027. Solo así, opinan, la balanza podrá equilibrarse y la independencia judicial sobrevivir al embate político.