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Elección Extraordinaria PJF 2025

Arrancan las campañas para diversos cargos en el Poder Judicial de la Federación

Del 30 de marzo al 28 de mayo de 2025, se desarrollarán las campañas electorales de las y los candidatos que buscan cargos judiciales a nivel federal. En esta ocasión te compartimos las reglas que regirán las campañas electorales de las y los aspirantes a integrar la nueva judicatura federal.

En la Reforma al Poder Judicial, promulgada el 15 de septiembre de 2024, se estableció, en el artículo 96 de la Constitución, que las personas candidatas a cualquier cargo del Poder Judicial Federal podrán realizar campañas electorales, para la obtención del voto por parte de la ciudadanía. Posteriormente, en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), se establecieron las reglas específicas que regirán las campañas de las personas candidatas.

En ambos ordenamientos jurídicos se estableció que las campañas tendrían una duración de 60 días improrrogables.

En la LGIPE se reglamentaron los actos de campaña que sí podrán realizar las y los candidatos, así como el contenido que podrán difundir. Sin embargo, algunas reglas están sujetas a las decisiones que tome el Consejo General del INE. Así, las personas que buscan algún cargo en el Poder Judicial podrán:

  • Participar en entrevistas de carácter noticioso.
  • Difundir propaganda con su trayectoria profesional, visiones acerca de la justicia, así como propuestas de mejora.
  • Participar en foros de debate, gratuitos y equitativos.
  • Contar con tiempos en radio y televisión, asignados por el INE.
  • Difundir su candidatura en redes sociales.

De igual forma, se determinaron algunos actos que no están permitidos para las personas aspirantes. Así, en las campañas electorales de este proceso está prohibido:

  • Contar con financiamiento público o privado.
  • Participación de partidos políticos en favor de algún candidato o candidata.
  • Participación de servidores públicos en favor de algún candidato o candidata.
  • Entregar propaganda que ofrezca beneficios.

El catálogo de sanciones para el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial establece distintas sanciones dependiendo de quién infrinja la ley:

  • Candidatas y candidatos
  • Servidoras y servidores públicos.
  • Dirigentes y afiliados a partidos políticos.
  • Concesionarios de radio y televisión.
  • Partidos políticos.
  • Observadores electorales.
  • Ciudadanía.

Las y los candidatos tendrán que apegarse a los topes de gastos personales de promoción definidos por el Consejo General del INE y sujetarse al régimen de fiscalización de la Unidad Técnica del mismo organismo. Los montos aprobados son:

  • $1,468,841.33 (Un millón cuatrocientos sesenta y ocho mil, ochocientos cuarenta y un pesos 33/100 m.n.) para los candidatos a ministros de la Suprema Corte y a magistrados tanto del Tribunal de Disciplina Judicial como de la Sala Superior del Tribunal Electoral.
  • $ 881, 304. 80 (Ochocientos ochenta y un mil, trescientos cuatro pesos 80/100 m.n.) para los aspirantes a las magistraturas de la Sala Regional del Tribunal Electoral.
  • $ 413, 111.63 (Cuatrocientos trece mil, ciento once pesos 63/100 m.n.) para los candidatos a magistrados del Tribunal Colegiado de Circuito y de Apelación.
  • $ 220, 326.20 (Doscientos veinte mil, trescientos veintiséis pesos 20/100 m.n.) para los aspirantes a ocupar un lugar en los Juzgados de Distrito.

https://x.com/JudicialesMx/status/1902924667607798185