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IECM fija topes de gastos de campaña para candidaturas del Poder Judicial local

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó los topes de gastos personales de campaña para las candidaturas a jueces, juezas, magistradas y magistrados del Poder Judicial local, así como para magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial en el Proceso Electoral Local Extraordinario 2024-2025.

Montos aprobados para las campañas

Para las candidaturas del Poder Judicial de la Ciudad de México, los topes de gastos personales varían según el Distrito Judicial Electoral Local, que agrupa tres distritos electorales locales. Los montos aprobados oscilan entre los $111,892.84 y los $142,056.63.

Distrito Judicial Electoral Local Distritos Electorales Locales que comprende Tope de Gastos personales de campaña
1 1, 2, 4 $135,095.89
2 6, 9, 12 $137,090.20
3 3, 5, 13 $125,212.34
4 10, 11, 15 $134,896.69
5 17, 18, 32 $127,415.82
6 20, 23, 33 $119,087.06
7 24, 26, 30 $142,056.63
8 21, 22, 28 $113,790.78
9 27, 29, 31 $111,892.84
10 14, 16, 19 $122,403.38
11 7, 8, 25 $119,583.76

En el caso de las candidaturas a magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, el tope de gastos personales de campaña será de $277,705.00, debido a que pueden realizar su proselitismo en toda la Ciudad de México, a diferencia de las candidaturas del Poder Judicial, que se limitan a su distrito judicial electoral.

Criterios de determinación de los montos

Los topes de gastos fueron definidos conforme a la normativa electoral de la Ciudad de México y los criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), tomando en cuenta los siguientes factores:

  • Cargo en disputa.
  • Ámbito territorial de campaña.
  • Número de electores en cada distrito judicial electoral.

El IECM destacó que la finalidad de estos montos es garantizar condiciones de equidad entre las candidaturas y evitar el uso excesivo de recursos en la contienda, considerando que no habrá financiamiento público ni privado, por lo que cada aspirante deberá financiar su campaña con sus propios recursos.

Improcedente el uso de sobrenombres en las boletas

En otro punto de la sesión, el Consejo General del IECM determinó improcedente la solicitud de una candidata a jueza en materia civil que buscaba incluir un sobrenombre en la boleta electoral. La decisión se basó en los lineamientos del proceso electoral, que establecen que en las boletas solo pueden aparecer los nombres oficiales de las candidaturas.